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3 de marzo de 2026

La reforma laboral ya sancionada redefine cómo se calculan las indemnizaciones por despido en Argentina

El Senado convirtió en ley la reforma laboral impulsada por el Gobierno, que introduce cambios sustanciales en el régimen de indemnizaciones por despido en el país, generando debate entre empresarios, trabajadores y especialistas en derecho del trabajo.

Cambia la base de cálculo: excluyen aguinaldo y otros conceptos

La nueva normativa mantiene el esquema básico de indemnización —un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses— pero modifica los elementos que integran la base de cálculo. Según el texto sancionado, ya no se tomarán en cuenta sumas que no se pagan mensualmente, como el aguinaldo y premios extraordinarios, lo que reduce el monto indemnizatorio para muchos trabajadores.

Topes, piso mínimo y convenios colectivos

La ley establece un tope máximo para la indemnización equivalente a tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo aplicable. A su vez, se fija un piso garantizado, que no podrá ser inferior al 67% de la remuneración mensual habitual ni menor a un mes de sueldo. Para trabajadores sin convenio colectivo, se aplicará el tope más favorable vigente en ese establecimiento.

Otro punto relevante es que el cobro de la indemnización extingue cualquier reclamo civil o laboral ulterior relacionado con el despido, con la excepción de delitos penales.

Posibilidad de pago en cuotas y fondo laboral

Entre las novedades se encuentra la posibilidad de pagar la indemnización en cuotas: hasta seis pagos mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, con ajuste por inflación y un interés adicional del 3% anual.

La reforma también crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que las empresas deberán aportar mensualmente para cubrir indemnizaciones. Este fondo, supervisado por la Comisión Nacional de Valores, se propone como alternativa para financiar los pagos ante despidos, aunque si no alcanza los recursos, el empleador seguirá siendo responsable de cubrir la diferencia.

¿Se aplicará a contratos vigentes?

Especialistas coinciden en que el nuevo cálculo se aplicará a despidos que ocurran después de la entrada en vigencia de la ley, incluso si la relación laboral comenzó antes de su aprobación. Si el despido se produjo antes de que la reforma entre en vigor, la indemnización sigue rigiéndose por el régimen anterior.

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