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29 de marzo de 2021

LA RIOJA PROHÍBE LA CIRCULACIÓN NOCTURNA

Además, limitó hasta la 1 la actividad gastronómica y suspendió todas las actividades deportivas. Esta postura difiere a lo anunciado por Omar Perotti en Santa Fe y Guillermo Montenegro en Mar del Plata

A pesar no tener ninguna ciudad catalogada por la Casa Rosada como “de riesgo” por su situación epidemiológica, el gobierno de La Rioja se adelantó y ya implementó medidas restrictivas para contener el rebrote de casos de coronavirus.

Según se informó de manera oficial, la circulación de personas en la vía pública se encontrará restringida desde las 01 hasta las 06 horas. Se podrá circular durante ese rango horario solo a los fines del cumplimiento de actividades consideradas esenciales durante la pandemia.

En consonancia con el anuncio de ayer del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, hasta el miércoles 31 de marzo inclusive, el sector público (excepto trabajadores y trabajadoras del sistema de Salud), quedará eximido de asistir al lugar de trabajo y cumplirá sus tareas de modo remoto.

Además, quedan suspendidas todas las actividades deportivas, excepto las que den cumplimiento a una agenda de torneos nacionales o provinciales que se realicen bajo protocolos, y todos los eventos de organización pública o privada que por su magnitud o convocatoria impliquen concentración de personas.

Las reuniones sociales o familiares realizadas en domicilios particulares permanecerán habilitadas hasta un máximo de 15 personas. En cuando a la actividad vinculada al sector gastronómico, podrá desarrollarse hasta las 01 horas, bajo el cumplimiento de los protocolos ya establecidos.

También se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en toda la provincia, desde las 24 horas del día Jueves hasta las 08 horas del día Lunes, encontrándose exceptuados de la misma el rubro gastronómico tales como restaurantes, confiterías y bares, quienes podrán expenderlas dentro de los locales habilitados para dicha actividad y hasta una hora antes del horario de cierre permitido. La prohibición comprende a la entrega a domicilio.

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