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SOCIEDAD

10 de marzo de 2023

Bomberos voluntarios serán subsidiados por nación

La cifra a cobrarse en octubre es de $ 5.740.317,85 pero el efecto inflación y la demora en la acreditación, hacen que la ayuda se desvalorice. Eso se traduce en menos recursos para mejorar la calidad de los servicios a la comunidad.

El Ministerio de Seguridad de la Nación, benefició a las Entidades de Bomberos Voluntarios de primera y segunda categoría del país.

En nuestra provincia, las entidades de primer grado son las asociaciones de bomberos voluntarios de anda Andalgalá, Belén, Chumbicha, Fiambalá, Fray Mamerto Esquiú, Pomán, Recreo, Capital, San José, Santa María, Tinogasta y Valle Viejo. El monto para cada asociación es de $5.740.317,85.

Como entidad de segundo grado, se le otorgará a la Federación de Bomberos Voluntarios de Catamarca los montos del subsidio de $5.436.937,08 para el rubro de funcionamiento y de $5.436.937,08 para el rubro de capacitación.

La Resolución 140/2023 del Ministerio de Seguridad, emitida por el Boletín Oficial, enumera en sus articulados que se destinaron a las asociaciones de bomberos voluntarios, como entes de primer grado, $5.872.345.160,55 distribuidos entre 1.023 cuerpos, correspondiéndole a cada uno $ 5.740.317,85, para la compra de equipamiento, materiales, equipo de vestuario y demás elementos para la lucha contra el fuego y la protección civil de la población, así como también para su mantenimiento.

A las entidades de segundo grado provinciales se destinó la suma total de $451.718.855,73 distribuidos en forma proporcional a sus afiliadas, destinados a gastos de funcionamiento, representación y de cumplimiento de las obligaciones emanadas de la ley N° 25,054 y sus modificatorias.

A entidades de segundo grado provinciales se destinaron $451.718.855,73 distribuidos en forma proporcional a sus afiliadas, para gastos de capacitación de los bomberos voluntarios y directivos de las instituciones, en los términos de la ley N° 25.054 y sus modificatorias.

La Secretaría de Articulación Federal de la Seguridad se le destinaron $150.552.960,55 para atender aquellos gastos previstos en el artículo 13, Inciso 3, de la Ley N° 25.054, como fiscalización de las entidades, el establecimiento de centros regionales de control y adquisición de equipamiento, gastos administrativos, de movilidad, traslados, capacitación, formación de instructores y diseño de cursos para la misión de los bomberos en la atención de desastres, guías de emergencia, libros de texto, contratos especiales para personas idóneo o profesional que requiere el desarrollo de la tarea durante el ejercicio, subsidios extraordinarios a entidades de bomberos voluntarios en caso de emergencias, y todo aquel destino que la autoridad de aplicación,  con el debido fundamento, exponga para el cumplimiento de las demás obligaciones contempladas en la citada ley.

 

Al Consejo de Federación de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, como ente de tercer grado, se otorgaron $150.572.952,88 para gastos de funcionamiento, representación de la entidad y de cumplimiento de las obligaciones emanadas de la ley N° 25.054 y sus modificatorias.

 

Asimismo, indica que los pagos se efectuarán conforme a los ingresos que se registren en la cuenta recaudadora del Banco Nacional Argentina y de acuerdo a las cuotas de compromisos y devengado que se otorgan para cada trimestre del ejercicio 2023 en esta partida presupuestaria, priorizándose a instituciones que hayan acreditado íntegramente en tiempo y forma, el cumplimiento de sus obligaciones, iniciándose las transferencias por las provincias que disponen de una menor cantidad de entidades para dar respuesta al apoyo de la Ayuda Federal que pueda resultar necesaria en el supuesto de convocarse su participación, a requerimiento de autoridades de aplicación, frente a desastres de gran magnitud, naturales o causados  por el hombre.

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