INFORMACIÓN GENERAL
10 de septiembre de 2024
Ya no pueden llevarse la tarjeta para cobrar en bares y restaurantes
La resolución del Gobierno tomó plena vigencia esta semana. Cómo hacer la denuncia.
Según informes y relevamientos oficiales, se estima que el 90% de los fraudes con tarjetas se dan por compras realizadas "a distancia". Es decir, cuando el consumidor pierde de vista la tarjeta con la que paga. En el Gobierno nacional hablan de unas 7.000 denuncias realizadas durante 2023 en la Secretaría de Defensa del Consumidor por fraude y robos de datos de titulares. Por eso, desde esta semana rige en forma completa la resolución del Ejecutivo que obliga a que el comercio acerque el posnet hasta donde está el cliente.
La publicación de la Resolución 87/2024 en el Boletín Oficial había sido el 12 de marzo. Y aunque ya tenía vigencia, daba 180 días de plazo para la adaptación correspondiente. Ahora que ese plazo terminó ya no hay excusas. Y como los sitios en los que más se usaba "entregar" la tarjeta para el pago son los bares y restaurantes, es allí en donde más se siente el impacto de la medida.
Es cierto que, en gran medida, ya ocurría. Aunque podía pasar que en algún comercio todavía se siguiera cobrando como antes.
“Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”, establece la normativa en su Artículo 1.
Para quienes no cumplan con la normativa hay diferentes sanciones previstas en la resolución. Son las que figura en el artículo 47 de la Ley N° 24.240, de Defensa del Consumidor. La multa económica, por ejemplo, es "de cero coma cinco (0,5) a dos mil cien (2.100) canastas básicas total para el hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC). Esto se traduce a sanciones que arrancan en $ 450.324 y pueden ascender a millones de pesos, ya que la canasta básica para julio está valuada en $ 900.648.
Las denuncias pueden hacerse tanto en Defensa del Consumidor nacional, en la oficina que depende del Gobierno porteño.
Otras penas previstas son el "decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción; clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días; suspensión de hasta cinco años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; y hasta la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare".
Fuentes vinculadas al sector gastronómico dijeron a Clarín que la medida se viene cumpliendo en la gran mayoría de los locales.
Una de las trabas que puede aparecer es la falta de cobertura con wifi que tienen algunos bares y restaurantes, ya que para que la media se exitosa se debe acercar a la mesa un posnet inalámbrico que permita efectivizar la operación.
Por eso, en los 180 días que se dio de plazo, desde el sector bancario ofrecieron soluciones y paquetes. Es el caso del Banco de la Ciudad, con importante incidencia en suelo porteño, desde donde habían explicado que, cuando un cliente decide empezar a cobrar sus ventas a través de esta entidad bancaria, “recibe un set de productos que incluye una terminal de POS (marca Posnet o Clover, las líneas más modernas del mercado)”, que funcionan de forma inalámbrica y admiten pagos con tarjetas de crédito, débito y prepagas, con dinero en cuenta de todas las billeteras, leen chip y contactless e incluyen QRs interoperables.
Antes de la resolución ofcial, a la Legislatura porteña, en 2023, había ingresado un proyecto de ley para establecer el uso de los posnet inalámbricos como obligatorios. Con el mismo espíritu que la norma nacional, también porponía que si un comerciante se negara podrían denunciarlo, por ejemplo, ante la Dirección de Defensa de Derechos del Consumidor, así como se reclama por cualquier otro derecho.
Ahora, fuentes de la Legislatura dijeron que la resolución nacional no necesita una ley o reglamentación local, por lo que en la Ciudad también finalizó el plazo de 180 días para adaptarse a la nueva normativa. La misma modalidad ya había sido objeto de una prueba piloto en Río Negro, Neuquén y La Pampa.
Por otra parte, ya fue presentado en el Congreso un proyecto del diputado de Juntos por el Cambio Damián Arabia, que busca que se derogue el capítulo de la Ley de Tarjetas de Crédito, sancionada en 1998, donde se exige la presentación del DNI o de cualquier documento que acredite la identidad del comprador a la hora de pagar. Arabia busca terminar con esa obligatoriedad, que considera que ya no tiene sentido.
Clarín - SC